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¿Como se calcula la pensión alimenticia?

  • juridicoghs
  • 11 jun 2021
  • 2 min de lectura

Una de las principales cuestiones que se plantean al momento de la separación o divorcio, además de los bienes, es el calculo de la pensión alimenticia.


NO TE PREOCUPES, en este blog te explicaremos como hacer este cálculo y que criterios toma la ley para sacar dicho cálculo.


El monto mínimo para dar una pensión de alimentos es del 15% de las percepciones del tutor. Esta cifra es por hijo, en el supuesto caso de que fueran dos hijos entonces por ambos hijos seria el 30%.


Cabe resaltar que un juez puede hacer un cálculo económico dependiendo de cada situación, ya que cada caso es diferente, aquí es juez valorará el entorno y estilo de vida que venía desempeñando el menor, ya que de esta manera el menor no perderá su estilo de vida, asimismo el juez podrá basar sus criterios en lo siguiente


-Salario percibido

-Estilo de vida que llevaba el menor

-Zona donde habita la persona demandada

-Si el menor sufre alguna discapacidad


Ahora bien, cabe recalcar que independientemente del cálculo cada juez tomara los criterios basados estrictamente en el bienestar del menor, ya que en todo momento se velará por su buen desarrollo y estilo de vida que venía llevando, la pensión alimenticia por un solo hijo podría ser en promedio del 15% hasta del 30% del sueldo percibido del demandado, pero esta puede variar dependiendo de las condiciones, puede disminuir o aumentar.


EJEMPLO:


El demandado percibe 15 mil pesos al mes, suponiendo que tiene dos Hijos y por cada hijo tiene que dar el 20% tendría que dar al mes el 40% de los 15 mil pesos que percibe al mes, es decir, 6 mil pesos al mes (cabe resaltar que está cantidad no cubre los gastos extras)


Artículo 303 del Código Civil menciona que los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieran más próximos en grado.


Mencionando lo anterior, queremos resaltar que el Demandar una Pensión alimenticia no es un favor si no una OBLIGACIÓN, con esto favorecemos el buen desarrollo del menor, ya que no sólo una persona llevaría la carga de los gastos, al no Demandar una Pensión alimenticia dejamos que la otra persona no cumpla con la obligación que tiene con el menor, lo que conlleva a que la persona que se quedó con la custodia del menor cubra todos los gastos, NO SE TRATA DE ORGULLO NI DE NO PEDIRLE NADA A LA OTRA PERSONA, se trata de hacer responsable a esa persona y que cumpla la obligación de dar pensión al menor, NADIE ESTA EXCENTO DE ESTO, incluso puede no ver a su hijo pero la pensión alimenticia es una obligación.




 
 
 

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